En este régimen económico, el matrimonio se entiende como sociedad y no como dos personas individuales. Es decir, los beneficios y las ganancias obtenidos por uno o ambos cónyuges serán comunes. En caso de fallecimiento, divorcio o separación, los bienes se dividen entre ambos. Cabe destacar que estos bienes pueden ser propiedades o cuantías económicas.
Si bien es cierto que es el régimen económico más frecuente, hay que ser consciente de que no todas las parejas son iguales. En nuestro despacho de abogados en Jerez y en Cádiz asesoramos a las parejas para que elijan el régimen que mejor se adapta a sus necesidades.